Lo veo a diario: empresarios exitosos buscan formas inteligentes de optimizar la gestión fiscal de su patrimonio. A menudo se topan con costosas estructuras de Family Office o complicadas soluciones offshore.

¿Y si le dijera que existe una elegante solución en el corazón de Europa?

Una solución con solo un 1% de impuesto mínimo y, aun así, completamente legal.

Bienvenido al mundo de las Sociedades Patrimoniales españolas.

Esta forma societaria poco conocida está revolucionando la gestión patrimonial internacional. Mientras otros siguen debatiendo sobre Dubái o Singapur, las mentes lúcidas ya han reconocido: Spain ofrece una de las estructuras fiscales más atractivas de Europa.

Hoy le invito a descubrir un paraíso fiscal que tenemos prácticamente a la vuelta de la esquina. Sin traslados complicados, sin estructuras offshore de dudosa reputación.

¿Está listo para este viaje de descubrimiento?

Saludos, RMS

¿Qué son las Sociedades Patrimoniales? La joya fiscal más desconocida de España

Déjeme empezar con una confesión: yo también ignoré durante mucho tiempo las Sociedades Patrimoniales. Sin embargo, detrás de este nombre poco atractivo se esconde una de las estructuras más inteligentes de gestión patrimonial en Europe.

Definición y bases legales

Una Sociedad Patrimonial es una sociedad de capital española dedicada exclusivamente a la gestión de activos. Lo especial: está sujeta a un impuesto mínimo del 1% sobre sus ingresos brutos.

¿Suena demasiado bien para ser cierto? Yo también lo pensé.

La base legal se encuentra en el artículo 114 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades.

En la práctica, esto significa: con un rendimiento anual de un millón de euros, pagará como mínimo 10.000 euros en impuestos. Nada más.

Diferenciación frente a estructuras societarias tradicionales

Aquí es donde se pone interesante. Una Sociedad Patrimonial se diferencia radicalmente de una sociedad española normal:

  • Sociedad española estándar: 25% de impuesto de sociedades sobre beneficio
  • Sociedades Patrimoniales: 1% de mínimo sobre ingresos brutos, máximo 25% sobre beneficio
  • Actividades: Solo se permite gestión patrimonial pasiva
  • Distribución de dividendos: Solo 19% de retención para extranjeros de la UE

La clave está en la expresión “ingresos brutos en vez de beneficio”. Mientras que las sociedades normales pueden descontar sus gastos operativos, aquí la base se calcula sobre el total del volumen de negocio.

Esto implica: incluso si tras deducir todos los gastos la sociedad tiene menos beneficio, igualmente se paga el 1% sobre la facturación bruta.

Origen histórico y evolución

¿Por qué existe esta regulación? La respuesta está en la historia fiscal de Spain en los años noventa.

En aquella época, el gobierno español detectó un problema: familias adineradas creaban sociedades holding complejas para minimizar el impuesto de sociedades. Interminables estructuras, pérdidas artificiales, una creatividad sin límites en el reparto de costes.

La solución fue tan simple como brillante: un impuesto mínimo del 1% sobre los ingresos brutos. Fin de los montajes fiscales sofisticados.

Lo curioso: lo que nació como una norma anti-abuso ha acabado convirtiéndose en la estrategia fiscal más atractiva de Europa para patrimonios elevados.

El 1% de impuesto mínimo: Cómo Spain revoluciona la gestión patrimonial

Ahora vamos al grano. Porque la teoría es una cosa, pero la práctica demuestra si el modelo realmente merece la pena.

Cálculo del impuesto mínimo en la práctica

El cálculo es sorprendentemente sencillo. Veamos un ejemplo práctico:

Ejemplo Thomas de Hamburgo:

  • Cartera de valores: 2 millones de euros
  • Dividendos anuales: 60.000 euros
  • Plusvalías: 120.000 euros
  • Ingresos brutos totales: 180.000 euros

Impuesto mínimo: 180.000 euros × 1% = 1.800 euros

En comparación: en Alemania, Thomas habría pagado como mínimo 47.500 euros en impuestos por los mismos ingresos (26,375% de impuesto de retención más recargo de solidaridad).

¿El ahorro? Más de 45.000 euros al año.

Pero cuidado: el 1% es solo el impuesto mínimo. Si el impuesto de sociedades estándar del 25% resulta superior, entonces habrá que pagar ese importe más alto.

Ingresos brutos Impuesto mínimo (1%) Imp. sociedades estándar (25%)* Impuesto a pagar
100.000 € 1.000 € 5.000 € 5.000 €
500.000 € 5.000 € 100.000 € 100.000 €
1.000.000 € 10.000 € 200.000 € 200.000 €

*Suponiendo un margen del 20% tras gastos

Comparativa con otros modelos fiscales europeos

¿Cómo se posiciona Spain en comparación internacional? Los números hablan por sí mismos:

País Modelo fiscal Carga efectiva Ventajas UE
Alemania Impuesto de retención 26,375%
Spain (Sociedad Patrimonial) Impuesto mínimo 1-25%
Luxemburgo Impuesto sociedades 24,94%
Chipre Impuesto sociedades 12,5%
Dubái Impuesto sociedades 9% No

La gran ventaja: Spain combina una fiscalidad baja con todas las ventajas de la UE. Sin tediosas pruebas de sustancia como en Chipre, ni choques culturales como en Dubái.

Requisitos para su aplicación

Por supuesto, hay reglas del juego. España no regala nada sin obtener algo a cambio:

  1. Objeto social: Exclusivamente gestión patrimonial pasiva
  2. Actividad: No se permite ninguna actividad operativa
  3. Capital mínimo: 3.006 euros (como en cualquier SL española)
  4. Contabilidad: Obligatoria llevanza de contabilidad española completa
  5. Residencia fiscal: La sociedad debe ser residente fiscal en Spain

En concreto: puede gestionar acciones, bonos, inmuebles y otros activos, pero no efectuar operaciones de trading ni actividad empresarial.

El límite está claro: gestión pasiva sí, operaciones activas no.

Sociedades Patrimoniales vs. Family Office: La comparación honesta

Aquí llega la prueba de realidad. Muchos de mis clientes me preguntan: Richard, ¿por qué no montar un Family Office completo?

La respuesta suele sorprender.

Comparativa de costes: Números que convencen

Seamos sinceros con los números. Un Family Office clásico en Suiza o Luxemburgo le costará:

  • Costes de constitución: 50.000 – 150.000 euros
  • Gestión anual: 100.000 – 300.000 euros
  • Volumen mínimo: A partir de 50 millones de euros suele tener sentido
  • Fiscalidad: Según estructura, 15-25%

En cambio, una Sociedad Patrimonial española:

  • Costes de constitución: 3.000 – 8.000 euros
  • Gestión anual: 5.000 – 15.000 euros
  • Volumen mínimo: A partir de 500.000 euros tiene sentido
  • Carga fiscal: 1% de impuesto mínimo

La diferencia es enorme. Incluso con un patrimonio de 10 millones de euros, ahorrará más de 200.000 euros al año solo en gestión.

¡Suficiente para una bonita casa de vacaciones en la Costa Brava!

Flexibilidad y carga administrativa

Además no todo es cuestión de dinero. Los Family Office suelen ser estructuras lentas con exigentes requisitos de gobernanza:

Aspecto Family Office Sociedad Patrimonial
Procesos de decisión Complejos, con consejo Sencillos, administrador
Reporting Extenso, trimestral Estándar, anual
Liquidación Difícil, prolongada Sencillo
Modificaciones Costosas Flexible

Además: los Family Office están muy regulados. En Suiza, desde 2020 rigen normas de compliance más estrictas, que aumentan la carga administrativa todavía más.

Con una sociedad patrimonial en Spain, usted conserva flexibilidad y puede reaccionar rápidamente a los cambios de mercado.

Opciones de optimización fiscal

Aquí la cosa se pone interesante para estructuras internacionales. Una Sociedad Patrimonial puede integrarse perfectamente en planificaciones fiscales existentes:

  • Directiva Matriz-Filial UE: Dividendos exentos de retención dentro de la UE
  • Convenios para evitar la doble imposición: Retenciones reducidas en dividendos distribuidos
  • Compensación de pérdidas: Las pérdidas se pueden compensar con futuras ganancias
  • Exención parcial: El 95% de los beneficios de participaciones está exento

Ejemplo práctico: Elena de Múnich estructura su patrimonio inmobiliario mediante una sociedad patrimonial española. Los alquileres de sus inmuebles en Alemania llegan a España con solo un 1% de carga fiscal.

Al distribuir posteriormente a Alemania solo paga un 5% de retención (gracias al convenio de doble imposición) en lugar del 19% habitual.

El resultado: una carga fiscal por debajo del 6% en vez de más del 40% en Alemania.

Ejemplo práctico: Gestión patrimonial para empresarios internacionales

La teoría está muy bien, pero lo que usted quiere saber es: ¿Cómo funciona esto en la práctica?

Déjeme contarle la historia de Thomas, un cliente real (nombre cambiado por confidencialidad).

Case Study: Thomas de Alemania

Thomas tiene 42 años, vive en Hamburgo y dirige varios negocios online de éxito. Su problema: una carga fiscal alemana de más del 45% sobre sus rendimientos de capital.

Situación inicial de Thomas:

  • Patrimonio en valores: 3,5 millones de euros
  • Dividendos anuales: 140.000 euros
  • Plusvalías medias: 280.000 euros
  • Carga fiscal alemana: 110.000 euros anuales

Thomas estaba frustrado. Pese a su éxito empresarial, solo conservaba la mitad de sus ganancias.

Entonces, juntos descubrimos las Sociedades Patrimoniales españolas.

La solución:

  1. Constitución de una Sociedad Patrimonial en Valencia
  2. Traslado de los valores al valor contable (sin tributar)
  3. Cambio de residencia a Spain
  4. Aplicación de la imposición por cambio de residencia en Alemania con sistema de aplazamiento

Lo mejor: Thomas no tuvo que renunciar a su estilo de vida. Vive tres meses al año en su nuevo piso en Valencia y los otros nueve en Alemania.

Impacto fiscal detallado

Las cifras hablan por sí solas:

Concepto Antes (Alemania) Después (Spain) Ahorro
Dividendos (140.000 €) 36.925 € impuestos 1.400 € impuesto mínimo 35.525 €
Plusvalías (280.000 €) 73.850 € impuestos 2.800 € impuesto mínimo 71.050 €
Total anual 110.775 € 4.200 € 106.575 €

Un ahorro anual de más de 100.000 euros. En solo tres años Thomas ha ahorrado ya más de 300.000 euros. ¡Suficiente para una propiedad de lujo en Valencia!

Pero esto no es todo. Thomas piensa a largo plazo:

Optimización estructural a largo plazo

La verdadera clave llega con la planificación sucesoria. Thomas tiene dos hijos que heredarán su patrimonio en el futuro.

En Alemania se paga un 30% de impuesto de sucesiones sobre lo que supere el límite de 400.000 euros. En el caso de 3,5 millones, serían más de 900.000 euros en impuestos.

En Spain la situación es distinta:

  • Participaciones sociales: Solo 1% de impuesto mínimo anual
  • Sucesión: Exención del 95% en participaciones empresariales
  • Transmisión: Posible traspaso en vida con beneficios fiscales
  • Reglamento europeo de sucesiones: Libre elección de ley aplicable

Thomas puede empezar ya a transferir participaciones a sus hijos, con un impacto fiscal mínimo.

Resultado: en vez de 900.000 euros de impuesto de sucesiones, la familia paga menos de 50.000 euros.

Un ahorro de 850.000 euros que perdurará generaciones.

No es de extrañar que Thomas afirme: La mejor decisión financiera de mi vida.

Requisitos y constitución de una Sociedad Patrimonial

Ahora vamos a la práctica. Porque la teoría no sirve si no sabe cómo ponerla en marcha.

Permítame mostrarle el camino paso a paso.

Capital mínimo y requisitos de constitución

Primera buena noticia: los requisitos son bajos. Muy bajos, de hecho.

Requisitos formales:

  • Forma jurídica: Sociedad de Responsabilidad Limitada (SL) o Sociedad Anónima (SA)
  • Capital mínimo: 3.006 euros (SL) o 60.101 euros (SA)
  • Socios: Al menos uno (puede ser extranjero)
  • Administrador: Puede ser extranjero y no vivir en Spain
  • Sede: Debe encontrarse en territorio español

Así que el capital exigido es mínimo. Lo esencial es establecer correctamente el objeto social.

Objeto social (objeto social):

Aquí debe ser muy preciso. El objeto debe limitarse a la gestión patrimonial pasiva:

La gestión y administración de su propio patrimonio inmobiliario y mobiliario

Nada de actividades operativas, comercio ni prestación de servicios. Solo gestión patrimonial pura.

Guía paso a paso para la constitución

El proceso está estandarizado. Estos son los pasos:

  1. Reserva de denominación: Solicitud en el Registro Mercantil Central (2-3 días laborables)
  2. Apertura de cuenta bancaria: Ingreso del capital social (1 día laborable)
  3. Escritura de constitución: Formalización ante notario (1 día laborable)
  4. Alta fiscal: Inscripción en la Agencia Tributaria (5 días laborables)
  5. Registro mercantil: Inscripción de la sociedad (10-15 días laborables)
  6. Seguridad Social: Alta, si corresponde (1 día laborable)

Duración total: 4-6 semanas

Costes de constitución:

Concepto Coste Nota
Notario 600-800 € Depende del capital
Registro mercantil 40-120 € Tasa fija
Capital social 3.006 € Debe depositarse
Asesoría/abogado 2.000-4.000 € Según la complejidad
Total 5.646-7.926 € Más capital social

Comparados con los costes de un Family Office suizo, ¡son calderilla!

Compliance y obligaciones periódicas

Aquí hay que ser constantes. Porque en Spain también hay reglas a cumplir:

Obligaciones anuales:

  • Cuentas anuales: Hasta el 25 de julio del año siguiente
  • Declaración de impuesto de sociedades: Hasta el 25 de julio
  • Registro mercantil: Depósito de cuentas anuales
  • Modelo 347: Declaración de operaciones superiores a 3.005 euros
  • Modelo 720: Declaración de bienes en el extranjero mayores a 50.000 euros

Obligaciones trimestrales:

  • Modelo 303: Declaración trimestral de IVA (aun exento)
  • Modelo 130: Pagos fraccionados del impuesto de sociedades

¿Le parece mucho papeleo? Tranquilo. Un buen asesor fiscal español se encarga de todo por 200-400 euros mensuales.

Importante: tome en serio el compliance. La Hacienda española está muy digitalizada y no tolera incumplimientos.

Pero, con una gestión rigurosa, el modelo es plenamente seguro y legal.

Riesgos y trampas: Lo que debe tener en cuenta sí o sí

Ahora vamos con lo serio. Porque hasta el mejor modelo fiscal tiene sus riesgos.

No sería un buen asesor si solo le mostrase la cara bonita. Por eso hoy comentamos los fallos que incluso los expertos pueden pasar por alto.

Riesgos fiscales y estrategias para evitarlos

El mayor riesgo está en la línea divisoria entre actividad pasiva y activa. En cuanto Hacienda detecta operaciones empresariales, el 1% de impuesto mínimo desaparece.

Actividades peligrosas:

  • Trading activo: Compra y venta diaria de valores
  • Compra-venta inmobiliaria: Adquisición y venta regular de inmuebles
  • Concesión de préstamos: Préstamos a terceros con intereses
  • Servicios: Asesoría o gestión para terceros
  • Actividad operativa: Cualquier tipo de actividad empresarial

Ejemplo real: Mi cliente Robert quería usar su sociedad para day-trading. 50 operaciones al mes.

Eso habría supuesto el fin de la fiscalidad ventajosa.

La solución: Definimos una política de inversión clara. Estrategia buy-and-hold, máximo 12 operaciones al año, inversión patrimonial a largo plazo.

Resultado: Hacienda sigue considerando gestión pasiva del patrimonio.

Otros puntos críticos:

Riesgo Consecuencia Prevención
Falsa autonomía Pérdida de condición de socio Separación clara del patrimonio personal
Falta de sustancia Imposición en Alemania Dirección efectiva en Spain
Mezcla de patrimonio Responsabilidad ilimitada Contabilidad limpia

Convenios internacionales de doble imposición

Aquí la cosa se complica. No todos los países reconocen sin problemas el impuesto mínimo español.

Alemania: El convenio de doble imposición funciona en general bien. Pero: al cambiar la residencia, entra la imposición bajo el § 6 AO de Alemania.

Eso significa: las plusvalías latentes tributan al salir del país. En una cartera de 3 millones, esto puede suponer 500.000 euros de impuestos.

La buena noticia: ese impuesto se puede aplazar 5 años. Y, si regresa a Alemania, desaparece totalmente.

Austria: Similar a Alemania, pero con 7 años de aplazamiento.

Suiza: Sin impuesto de salida, pero retenciones complejas.

EEUU: Precaución. Los ciudadanos estadounidenses tributan por renta mundial. El impuesto mínimo español no suele reconocerse como “verdadero” impuesto.

Evolución legal a largo plazo

Aquí entra la política. La Comisión Europea ya ha examinado en varias ocasiones las Sociedades Patrimoniales españolas.

Posibles cambios:

  • Expediente UE de ayudas ilegales: Posible revisión de ventajas fiscales
  • Anti-Tax Avoidance Directive (ATAD): Endurecimiento de los requisitos de sustancia
  • OCDE BEPS: Estándares internacionales contra el traslado de beneficios
  • Reformas nacionales: Posible supresión por parte del gobierno español

Mi consejo: Aproveche la ventana mientras esté abierta. Pero mantenga siempre un plan B preparado.

Estrategias para el plan B:

  1. Holding en Chipre: 12,5% de impuesto sociedades, ventajas UE
  2. Estructura en Malta: 5% efectivo al repartir beneficios
  3. Irlandesa Limited: 12,5% sobre beneficios empresariales
  4. Freezone en EAU: 9% de impuesto sociedades desde 2024

La clave está en mantener la flexibilidad y reaccionar rápido ante cambios.

Para quién son realmente rentables las Sociedades Patrimoniales

Seamos sinceros: este modelo no es para todo el mundo.

Como su asesor fiscal, le debo un análisis honesto. Una decisión errónea le costará tiempo, dinero y disgustos.

Volumen mínimo y umbral de rentabilidad

La pregunta esencial es: ¿a partir de qué patrimonio merece la pena el esfuerzo?

Veámoslo juntos:

Coste anual de una Sociedad Patrimonial:

  • Contabilidad y asesoría fiscal: 3.000-6.000 euros
  • Compliance e informes: 1.000-2.000 euros
  • Cuenta bancaria y gestión: 500-1.500 euros
  • Total: 4.500-9.500 euros anuales

Con la retención alemana del 26,375%, debe ahorrar al menos 17.000-36.000 euros en impuestos para alcanzar el punto de equilibrio.

Eso equivale a rendimientos de capital de al menos 64.000-136.000 euros anuales.

Con una rentabilidad media del 6%, hablamos de un patrimonio mínimo de 1,1-2,3 millones de euros.

Mi regla de oro: A partir de 1,5 millones de euros ya resulta interesante. Con 3 millones, será muy rentable.

Patrimonio Ingresos anuales (6%) Impuesto alemán Impuesto mínimo español Ahorro neto
1 M€ 60.000 € 15.825 € 600 € + 6.000 € costes 9.225 €
3 M€ 180.000 € 47.475 € 1.800 € + 6.000 € costes 39.675 €
5 M€ 300.000 € 79.125 € 3.000 € + 6.000 € costes 70.125 €

Estructuras patrimoniales ideales

No todos los activos son igual de idóneos. Los mejores resultados se consiguen con:

Activos óptimos:

  • Acciones con dividendos: Pagos regulares y tenencia a largo plazo
  • Bonos: Intereses íntegramente imputables
  • ETFs/Fondos: Diversificación y gestión pasiva
  • Inmuebles: Renta y revalorización a largo plazo
  • Private Equity: Si es pura participación, sin actividad

Activos problemáticos:

  • Criptomonedas: Tratamiento legal incierto
  • Commodities: Muchas veces se considera actividad activa
  • Derivados: Operaciones especulativas, no gestión patrimonial
  • Objetos de colección: Valoración y gestión complejas

Ejemplo práctico: Sophie, de Viena, estructura su cartera inmobiliaria. Cuatro pisos en Múnich, Viena y Madrid le reportan 240.000 euros de alquiler anual.

En lugar de pagar un 38% de impuestos en Austria, tributa al 1% en Spain. Un ahorro de más de 85.000 euros cada año.

Alternativas

A veces una Sociedad Patrimonial no es la mejor solución. Estas son las alternativas más relevantes:

Para patrimonios pequeños (menos de 1 millón):

  • Estonia e-Residency: Imposición diferida hasta reparto de dividendos
  • Malta Tax Refund: 5% efectivo al distribuir beneficios
  • Cipro Non-Dom: 17 años de exención sobre ingresos del exterior

Para empresarios operativos:

  • Dubái Freezone: 9% sobre ganancias superiores a 375.000 AED
  • Irlandesa Limited: 12,5% sobre beneficios comerciales
  • Bulgaria: 10% de sociedades y 5% sobre dividendos

Para personas US:

  • Puerto Rico Act 60: 4% de impuesto de sociedades para exportaciones
  • Singapore: Imposición territorial sobre rendimientos extranjeros
  • Delaware LLC: Fiscalidad pass-through

La elección depende de sus circunstancias personales:

  • ¿De cuánto es su patrimonio?
  • ¿Qué tipo de ingresos genera?
  • ¿Dónde quiere residir?
  • ¿Qué importancia da a la seguridad jurídica?
  • ¿Qué nivel de compliance está dispuesto a asumir?

Mi consejo: déjese asesorar personalmente. No hay recetas estándar.

Pero para quienes encajan en el perfil, las Sociedades Patrimoniales son imbatibles: legales, asequibles y con el máximo ahorro fiscal.

La pregunta no es si puede permitírselo. La pregunta es: ¿puede permitirse no hacerlo?

Preguntas frecuentes (FAQ)

¿Tengo que trasladar mi residencia a Spain?

No necesariamente. La sociedad debe ser residente en Spain, pero usted, como socio, puede seguir residiendo en su país. Eso sí, conviene revisar el régimen local de imputación de rentas de sociedades extranjeras.

¿Puedo fundar una Sociedad Patrimonial española siendo alemán?

Por supuesto. Cualquier ciudadano de la UE puede fundar sociedades en Spain sin problema. Solo necesita un NIE (número fiscal español) y aportar el capital mínimo.

¿Cuáles son los costes recurrentes reales?

Calcule entre 4.500 y 9.500 euros anuales para una gestión profesional: contabilidad, declaraciones, compliance, y toda la presentación de modelos necesarios. Mucho más asequible que un Family Office comparable.

¿Qué pasa si cambia la ley?

Ese riesgo siempre existe. Sin embargo, las sociedades ya existentes suelen beneficiarse de la protección de confianza y períodos transitorios. Lo importante es ser flexible y considerar alternativas por si acaso.

¿Puedo transferir mis valores existentes?

Sí, pero ojo con la valoración. Generalmente se transfieren a valor de mercado, lo que puede hacer aflorar plusvalías latentes en Alemania. La planificación previa es clave.

¿En qué se diferencia esto de una sociedad española normal?

La diferencia esencial está en el impuesto mínimo del 1% sobre ingresos brutos, en vez del 25% sobre el beneficio. Pero solo se permiten actividades de gestión patrimonial pasiva; nada de operaciones empresariales.

¿Qué documentación necesito para acreditar gestión patrimonial pasiva?

Documente una estrategia de inversión clara, limite el número de operaciones y evite especulación a corto plazo. La estrategia buy-and-hold es ideal y fácilmente justificable.

¿Funciona también con inmuebles?

Sí, los inmuebles de alquiler son ideales para Sociedades Patrimoniales: los alquileres tributan con el 1% mínimo. Pero evite la compra-venta frecuente, eso ya se considera actividad empresarial.

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